6 de diciembre de 2010

Autorización Enajenar Bienes Raíces

Procedimiento: Voluntario
Materia: Autorización Enajenar Bienes Raíces (A26)
Demandante:
Su Abogado patrocinante y RUT.
Demandado:
Su RUT. (si se sabe):
EN LO PRINCIPAL: autorización para enajenar; EN EL PRIMER OTROSI: información sumaria: EN EL SEGUNDO: acompaña documentos; y EN EL TERCERO: patrocinio y poder.
S. J. L. de Turno en lo Civil.
..............., de profesión ................, domiciliado en .................... Nº....., a US. -respetuosamente- digo:
Mi hijo menor ........................., estudiante, de mi domicilio, es dueño de una propiedad raíz, ubicada en calle ......................... Nº ........, de la ciudad de ....................., de la Comuna de ......................., bien que obtuvo de la siguiente forma: .................
La inscripción de dicha finca rola a fs. ........... Nº ......, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la referida comuna, del año ...........; ella está registrada en el Rol de Avalúos con el Nº ........ y tiene los siguientes deslindes:
Al Norte: ...............................................
Al Sur: .................................................
Al Oriente: ..........................................; y
Al Poniente: ............................................
Es de gran utilidad, para mi hijo, que la propiedad referida se enajene, pues no conviene mantenerla en su dominio, por las siguientes razones:
1.- ............................
2.- ............................
Se ofrece, por un interesado, adquirir dicho inmueble en la suma de $............. y en las siguientes condiciones:
a) ...............................................
b) ...............................................
Dicho precio es muy superior al avalúo fiscal que es de $ ....................., según consta del documento que, más adelante, acompaño.
La utilidad de la venta es manifiesta, si se considera, especialmente, que el predio debe ser reparado continuamente; su baja rentabilidad y el pago desproporcionado de contribuciones.
Además, es útil vender dicha finca, por las siguientes razones:
........................................................
......................................................
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 891 del Código de Procedimiento Civil y artículo 255 del Código Civil, procede la autorización, de V. S., para enajenar el bien raíz referido.
POR TANTO,
RUEGO A US.: se sirva autorizar la venta de la propiedad de mi representado, mi hijo menor ..............................., en una suma no inferior a $ ........., que se pagará en la siguiente forma: ...............................
Todo ello previo informe del Sr. Defensor Público.
PRIMER OTROSI: Sírvase US. ordenar que se reciba información sumaria de testigos, para acreditar la utilidad de la enajenación proyectada.
SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. se sirva tener por acompañados los siguientes documentos:
a) Recibo de contribuciones, en el que consta el avalúo fiscal de la propiedad.
b) Certificado de inscripción del inmueble, a nombre de mi hijo;
c) Certificado de matrimonio del suscrito con doña ...............................................
d) Certificado de nacimiento de mi hijo referido, Nº........ del Registro Civil de ........ del año 19....
TERCER OTROSI: Sírvase US. tener presente que designo Abogado patrocinante y confiero poder a don .............., inscripción Nº .......R-2, patente........Nº......., de la I. Municipalidad de .................., domiciliado en ......................... Nº........., oficina Nº....., de ésta.

5 comentarios:

  1. El Procedimiento se hace en los Tribunales de Familia

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    1. El tribunal competente para autorizar la venta, arrendamiento, enajenación o constitución de hipotecas sobre bienes inmuebles es el juez de letras del lugar donde este se encuentre ubicado.

      Así lo establece el artículo 153 del Código Orgánico de Tribunales, del siguiente modo:

      «Para aprobar o autorizar la enajenación, hipotecación o arrendamiento de inmuebles, es competente el juez del lugar donde éstos estuvieren situados».

      Cabe indicar, sin embargo, que la autorización judicial relativa al peculio personal, o bienes del hijo menor de edad corresponde conocerlas a los Tribunales de Familia, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 8º de la Ley sobre Procedimientos ante los Tribunales de Familia.

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  2. Justo lo que buscaba, saludos estimado.

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  3. CUANTO DEMORA EN QUE EL JUEZ DE LA AUTORIZACIÓN PARA ENAJENAR REALICE UNA PROMESA DE COMPRA POR OTRA CASA EN MEJORES CONDICIONES DE HABITABILIDAD Y MAS SEGURIDAD PARA MIS HIJOS YA QUEDAN SOLOS DURANTE EL DIA

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  4. A RAIZ DE UNA VENTA DE HERENCIA Y PASAR A SER YO CURATIRA LEGAL DE MI HERMANA. DEBO FIRMAR POR ELLA ESTA VENTA DE HACE 5 AÑOS. COMO OBTENGO LA AUTORIZACION PARA ENAJENAR.

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