8 de diciembre de 2010

Comodato precario

Procedimiento: Sumario
Materia: Comodato precario (C15)
Demandante:
Su Abogado patrocinante y RUT:
Demandado:
Su RUT, si se sabe:
EN LO PRINCIPAL: demanda de comodato precario; EN EL PRIMER OTROSI: acompaña documentos; y EN EL SEGUNDO: patrocinio y poder. 

S. J. L. en lo Civil

..................., de profesión .........., domiciliado en ................... Nº....., a US., respetuosamente, digo:
Soy dueño de la propiedad ubicada en esta ciudad, calle .......... Nº ....., cuyo avalúo fiscal es de $ .........., según consta en el certificado de contribuciones que acompaño en el otrosí.
Por mera tolerancia de mi parte, y sin que haya habido previo contrato de ninguna especie, ocupa -desde algún tiempo- dicho inmueble, don ..................., de profesión .........., domiciliado en el mismo inmueble.
Deseo que dicho ocupante me restituya la mencionada propiedad, por lo que interpongo la presente demanda.
POR TANTO,
de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 2195 del Código Civil y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
RUEGO A US.: se sirva tener por presentada demanda de comodato precario en contra de don ..................., ya individualizado y, en definitiva, condenarle a la devolución del predio indicado, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia; o en el plazo que US. se sirva fijar, bajo apercibimiento de lanzarle con la fuerza pública, y lanzar así a todos los demás ocupantes, con costas.
PRIMER OTROSI: Ruego a US. tener por acompañada, con citación, copia autorizada de la inscripción, a mi nombre, del bien raíz cuya restitución solicito; como -asimismo- el recibo de contribuciones al día, del inmueble; y ordenar que se me devuelva este último documento, dejándose constancia en autos.
SEGUNDO OTROSI: Ruego a US. tener presente que designo Abogado patrocinante y confiero poder a don ..................., patente Nº ............, de la I. Municipalidad de .................., inscripción Nº ........... R-2, domiciliado en ................... Nº......, oficina Nº....., de esta ciudad.
___________________________
NOTAS: El mismo formulario, con la adaptación pertinente, sirve para el caso en que la "ocupación" sea "por ignorancia" del dueño.
Creemos que la cuantía de estos juicios se regula por el avalúo del inmueble ocupado o por el valor de la cosa objeto del comodato precario, en su caso. Sin embargo, algunos jueces estiman que son de cuantía indeterminada.
La misma demanda, con las adaptaciones de rigor, se presentará en los casos en que exista contrato de comodato en que el dueño se haya reservado la facultad de pedir la restitución de la cosa prestada en cualquier tiempo. Se citará también, entonces, la disposición del Art. 2.194 del Código Civil. Se procederá de igual forma cuando no se haya prestado la cosa para un servicio particular ni se haya fijado tiempo para su restitución.
La actual Ley de Arrendamiento de Predios Urbanos permite que el Juez suspenda el lanzamiento por un plazo no superior a seis meses, en casos graves y calificados. Su Art. 26 derogó el Art. Unico de la Ley Nº 17.410, que establecía dicha suspensión.

5 comentarios:

  1. Caso: me dieron en comodato precario un inmueble sin restricciones, puesto que lo construi con mi peculio
    Cometi el error de cederselo o un tercero, que solicito el usufructo de la propiedad ,inamobiblemente .y sin pagar arriendo por tener problemas economicos, por esta razon se la cedi, sin embargo ahora las situaciones han cambiado y soy yo la persona con problemas aconomicos

    Atte
    Cecilia Mardones
    En circunstancias que quiero recuperar la propiedad, que ademas la constru con mis haberes esta persona se niega a devolverla.
    Si me pudieran dar una guia al respecto

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  2. Amigo la verdad, el precario literalmente "VALE CALLAMPA", es una figura, perdonando la redundancia, "PRECARIA"; agregando que la mayoría de los Tribunales Civiles son ultra lentos, y de jueces mediocres y por sobretodo que existe RECURSO APELACIÓN y CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL( NO LOS CONDENAN EN COSTAS, NO SÉ POR QUÉ) FACILMENTE TIENES COMO PARA 2 AÑOS GRATUTAMENTE HABLANDO. Mejor habla con un amigo te haces un contrato de arrendamiento privado le pones una fecha anterior y lo demandas a él ( todo acordado) el se allana y después lanzas a todos los weones frescos cara raja XD se topan ahí mismo con la sorpresa, no alcanzan ni a pensar cuanto estan los pacos a fuera. Te lo digo por experiencia, eso sí funciona y te demora como 2 a 3 meses. Saludos

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  3. Encontré un sitio que te ayuda a generar ese contrato que necesitas, de una manera muy facil y sencilla y con muy buena atencion.
    Se los recomiendo www.contratosfacil.com

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  4. disculpe, pero tiene una confusión de conceptos, en primer hay que distinguir entre el comodato precario y el simple precario, el primero es un contrato regulado por los artículos 2194 y 2195 inciso primero, en dicha acción se debe probar la existencia del contrato.- en cambio el simple precario esta regulado en el articulo 2195 inciso segundo que es aquel ud hace mención en el relato de la demanda, pero el error es que en lo principal demanda por comodato precario.-
    en síntesis ineptitud del libelo.-

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