Casos de peticiones concretas.
En la Explicación sobre "RECURSO APELACION CIVIL. FUNDADA. EXPLICACION" Y "APELACION CIVIL. FUNDADA. SOLICITUD", hemos aclarado cuándo una apelación debe ser fundada y hemos redactado un formulario o esquema de ello.
Para simplificar la confección de una apelación fundada, nos pondremos en varios casos de mayor ocurrencia:
I. Caso de juicio de arrendamiento
"y elevar los autos, a la I. Corte de Apelaciones, a fin de que el tribunal de alzada haga lugar a las siguientes peticiones concretas:
1º Se revoque la sentencia de primer grado, que negó lugar a la demanda de arrendamiento, de terminación del contrato de arrendamiento por no pago de las rentas; y se haga lugar a ella;
2º Se dé por terminado el contrato;
3º Se declare que el demandado debe pagar la suma de $..... por rentas adeudadas, y las que se devenguen hasta la devolución total de la propiedad;
4º Se proceda al lanzamiento del demandado y de todos los ocupantes, con la fuerza pública, apenas esté ejecutoriada la sentencia; y
5º Se le condene al pago de las costas de la causa".
II. Caso de juicio ejecutivo
"y elevar los autos, en original, a la I. Corte, a fin de que el tribunal de alzada haga lugar a las siguientes peticiones concretas:
1º Se revoque la sentencia de primer grado, que negó lugar a la ejecución;
2º Rechazar las excepciones opuestas por el ejecutado;
3º Mandar que se siga adelante la ejecución, hacerse, a mi mandante, entero y cumplido pago de la suma de $ ............., que consta de la letra (o pagaré; o cheque), más reajustes del I.P.C., desde el vencimiento; con intereses corrientes hasta el pago efectivo; y
4º que sea condenado al pago de las costas de la causa".
III. Caso de juicio ordinario
"y elevar los autos, en original, a la I. Corte de Apelaciones, a fin de que el tribunal de alzada resuelva las siguientes peticiones concretas:
1º Se revoque la resolución de primer grado, que negó lugar a nuestra demanda ordinaria de ..........;
2º Que se haga lugar a ella, declarando el derecho de mi parte, de ..........;
3º Se niege lugar, en todas sus partes, a la reconvención contraria; y
4º Se condene, al demandado, al pago de las costas de la causa".
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NOTA: Si la apelación es del demandado que perdió el juicio de arrendamiento; o del ejecutado a quien no se le hizo lugar a sus excepciones o del demandado que perdió el juicio ordinario, las peticiones serán -precisamente- las contrarias de las propuestas.
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